contador de luz
16/6/2021

¿Qué contador de luz debo tener instalado en mi empresa?

Con los cambios normativos del pasado 1 de junio de 2021, los contadores que las empresas necesitan tener instalados en sus puntos de suministro también cambian, dependiendo de la potencia contratada con la distribuidora.

Con los cambios normativos del pasado 1 de junio de 2021, los contadores que las empresas necesitan tener instalados en sus puntos de suministro también cambian, dependiendo de la potencia contratada con la distribuidora.

Hoy conoceremos qué es un contador fiscal, cuál es el contador que debemos tener instalado en nuestra empresa y qué beneficios nos puede aportar instalar un contador fiscal con telemedida.

¿Qué es un contador fiscal de luz?

El contador fiscal es el equipo empleado por la distribuidora para medir los parámetros de consumo con los que se genera la factura eléctrica del cliente. Actualmente, es instalado por la distribuidora en régimen de alquiler, por lo que no tienes acceso a la información de tu consumo.

Al no tener acceso a la información, estamos a ciegas, no conocemos si se nos cobra correctamente por la energía consumida, potencia, maxímetros y la reactiva, por lo que tampoco podemos conocer cómo mejorar nuestros patrones de consumo y eficiencia energética. 

En los últimos años, la distribuidora ha sustituido los contadores fiscales de luz por los Telegestionados, el cual les permite a ellos conocer todos los datos y realizar cambios en tu punto de suministro sin tener que venir físicamente, por lo que se ha encarecido en tu factura de la luz, sin obtener beneficio alguno.

Según lo dispuesto en el Real Decreto, la responsabilidad del buen estado y funcionamiento del contador, aún estando en régimen de alquiler, es del titular del punto de suministro.

¿Contador Monofásico o Trifásico?

Monofásicos

Los puntos de suministro con una potencia contratada en todos sus periodos inferior a los 15 kW, deberán tener instalado un contador fiscal monofásico con corte electrónico e interrumpibles.

Una de sus características principales, es que al no tener maxímetro instalado, no se producirán excesos de potencia, por lo que al superar la potencia contratada, saltará la luz.

Trifásicos

Los puntos de suministro con una potencia contratada en alguno de sus periodos superiores a 15 kW, deberán tener instalado un contador fiscal trifásico, de medida directa de 15,1 kW a 50 kW y de medida indirecta, tanto para baja como alta tensión, a partir de 50 kW.

En este tipo de contadores, se instala maxímetro, por lo que se cobrarán los excesos de potencia.

¿Qué tipos de contadores fiscales de luz existen?

Dependiendo de la potencia contratada, deberemos tener instalado en nuestro punto de suministro un Tipo de contador:

  • Contador Tipo 5: Consumos con potencia contratada igual o inferior a 15 kW, sin maxímetro.
  • Contador Tipo 4: Consumos con potencia contratada superior a 15 kW e inferior o igual a 50 kW, con maxímetro. La potencia demandada se calculará por maxímetros mensuales.
  • Contador Tipo 3: Consumos con potencia contratada superior a 50 kW e inferior o igual a 450 kW, con maxímetro. La potencia demandada se calculará por medidas cuarto-horarias, indiferentemente si el punto de suministro tiene una tarifa contratada 3.0TD (Baja tensión) o 6.1TD (Alta tensión).
  • Contador Tipo 2: Consumos con potencia contratada superior a 450 kW y potencia aparente nominal de 450 kVa. La potencia demandada se calculará por medidas cuarto-horarias.
  • Contador Tipo 1: Consumos con potencia contratada superior a 10.000 kW y potencia aparente nominal de 12.000 kVa. La potencia demandada se calculará por medidas cuarto-horarias

Con el cambio tarifario, ¿qué cambios hay?

Básicamente afectará a los suministros con antiguas tarifas 3.0A y actualmente en la tarifa 3.0TD, con más de 50 kW de potencia contratada en cualquiera de sus periodos. Antes, la potencia demandada se calculaba por maxímetros mensuales y actualmente por medidas cuarto-horarias, con el consecuente cambio de fórmula para el cálculo de las penalizaciones por exceso. 

Si no se realiza el cambio de contador de Tipo 4 a Tipo 3, las penalizaciones serán mucho más agresivas, ya que sobrepasando la potencia contratada durante un cuarto de hora, el contador penalizará la hora entera.

Recomendaciones de GSE Eficiencia Energética

Desde GSE Eficiencia Energética recomendamos revisar la potencia contratada y ajustarla a nuestras necesidades, comprobar que Tipo de contador tenemos instalado y en caso necesario, solicitar a una empresa especializada el cambio y adecuación de contador. Especial hincapié en suministros con Tarifa 3.0TD y potencia contratada superior a 50 kW en cualquier periodo.

Recomendamos también, para poder controlar qué sucede en nuestro punto de suministro y conocer si la comercializadora nos está facturando correctamente, entre otros beneficios, el cambio del contador fiscal instalado por la distribuidora a uno con telemedida y propiedad.

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