placas solares

COMPENSACIÓN Y VENTA DE EXCEDENTES

Las placas solares producen energía independientemente de la demanda energética del consumidor. Cuando la producción solar no es aprovechada por falta de demanda del consumidor se generan los denominados excedentes. Esta energía sobrante puede inyectarse a la red si la instalación de autoconsumo tiene habilitación para verter excedentes, a través de una compensación simplificada.

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¿Cómo funciona?

Para determinar el montante de energía a compensar, la distribuidora leerá el contador de suministro y registrará tanto la energía consumida de la red como la energía excedentaria vertida a la red.

Se calcularán los kWh consumidos de la red y se le restará el valor de la energía vertida a la red como excedente, según el precio pactado con la comercializadora. Este proceso se realizará cada hora del periodo correspondiente.


La norma exige que el límite inferior de esta compensación sea cero. La comercializadora nunca abonará dinero al consumidor y lo máximo que emitirá será una factura a cero.

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Requisitos para la compensación

  • La fuente de energía debe ser renovable.
  • La potencia total instalada no podrá superar los 100 kW.
  • La instalación de producción no puede estar sujeta a un sistema retributivo adicional.
  • El usuario o consumidor deberá registrar únicamente un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo.
  • El consumidor deberá inscribir solamente un contrato de suministro para consumo asociado y otros consumos auxiliares con una comercializadora.

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